jueves, enero 28, 2021

Moción de soterramiento de las líneas eléctricas de alta tensión de L’Eliana

Aprobación de Moción Conjunta por unanimidad  en el Pleno Municipal de hoy 28 de enero de 2021, para el soterramiento de las líneas eléctricas de alta tensión de L’Eliana, a propuesta de la Alianza por la Emergencia Climática de L'Eliana, Paterna y SAB.


Vídeo de la aprobación en el pleno municipal

Esta propuesta también ha sido aprobada en Paterna, el Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber ha aplazado la decisión.

Propuesta de la Alianza por la Emergencia Climática de L'Eliana, Paterna y SAB.

La Alianza por la Emergencia Climática de Paterna, San Antonio de Benagéber y L’Eliana mantiene entre sus objetivos y preocupaciones los efectos de la existencia de líneas de alta tensión cercanas a zonas residenciales. Y lo está por el impacto, no sólo sobre la salud pública, sino también ecológico y paisajístico.

La ciudadanía lleva años pidiendo soluciones a sus emplazamientos y las consecuencias sobre la salud de quienes residen o transitan cerca de ellas. De cuando en cuando encontramos en la prensa planes de soterramiento de las líneas de alta tensión y de traslado de las instalaciones de la subestación de eléctrica de L’Eliana que se construyó en 1968, ya hace más de 50 años. Si su ubicación entonces era la adecuada, a día de hoy ya no lo es, ya que las líneas aéreas de alta tensión que parten de ella atraviesan zonas habitadas y reconociendo tales infraestructuras como el mayor impacto medioambiental en el Parque Natural del Turia, y las radiaciones electromagnéticas que entonces parecían carecer de importancia ahora son una preocupación fundada por su derivación en la salud. 

La actividad de transporte y distribución de energía eléctrica genera por su naturaleza emisiones de campos electromagnéticos tanto en las subestaciones eléctricas como en las líneas de alta tensión de transporte y distribución, existiendo numerosos estudios sobre los posibles efectos sobre la salud  derivada de la exposición a estas radiaciones.

Atendiendo a este riesgo, la Unión Europea, a través de la Recomendación del Consejo Europeo de 12 de julio de 1999 relativa a la exposición al público a campos electromagnéticos, y bajo la premisa de que: “Es absolutamente necesaria la protección de la ciudadanía de la Comunidad contra los efectos nocivos para la salud que se sabe pueden resultar de la exposición a campos electromagnéticos”, estableció unos límites equivalentes a 5 kilovoltios/metro para el campo eléctrico y 100 microteslas para el magnético.

Dándose la circunstancia de que nuestros términos municipales se encuentran ampliamente afectados por el trazado de varias líneas eléctricas de alta tensión que lo atraviesan circulando relativamente próximas a viviendas, parques y jardines, encontrándose asimismo la Subestación Transformadora Eléctrica en L’Eliana, resulta necesario conocer los niveles de exposición de la población y comprobar que dichos niveles se encuentran por debajo de los límites recomendados. L’Eliana dispone desde el 2011 un estudio de viabilidad técnica y económica de desmantelamiento y traslado de la Subestación Transformadora presentado por REE, pendiente desde el año 2001, tras la firma de convenio de las eléctricas con el Ayuntamiento de L’Eliana a cambio, entre otras cosas, por autorizar la ampliación de las subestación.

Además, recientes sentencias del Tribunal Supremo han fallado a favor de varios municipios (Arteixo en A Coruña, Serradilla en Cáceres, Villalcampo en Zamora) del cobro de tasas “por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos”, aceptando el criterio de estos municipios de cobrar en función de la longitud de la línea y su voltaje.

También la legislación ha ido avanzando en estos años. La normativa europea mediante su Reglamento (UE) 2016/1447 de la Comisión de 26 de agosto de 2016 por el que establece un código de red sobre requisitos de conexión a la red de sistemas de alta tensión en corriente continua y módulos de parque eléctrico conectados en corriente continua pone en el punto de mira en los transportes de energía en forma de corriente continua de alta tensión.

Y un ejemplo de normativa autonómica que permite el soterramiento de las líneas es la Resolución de 7 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Industria y Energía, por la que se otorga autorización administrativa previa para la construcción de la línea eléctrica subterránea cuyo trazado discurrirá por los términos municipales de València, Paterna, San Antonio de Benagéber y L’Eliana, en la provincia de Valencia.

Por lo tanto vemos que se puede soterrar con condiciones adecuadas las líneas de alta tensión. El traslado de la subestación también es deseable, pero mientras no se ponga en marcha debemos minimizar el multi impacto de las líneas aéreas de alta tensión logrando su soterramiento.

Los ayuntamientos implicados, y en nuestro caso el de L’Eliana, deben adoptar un posicionamiento proactivo en la defensa de la salud de su ciudadanía. Pedimos su implicación contundente en la defensa del soterramiento de estas líneas de alta tensión con un apantallamiento adecuado que permita minimizar, mitigar y minorar el impacto electromagnético del tránsito eléctrico.

Los ayuntamientos obtienen cantidades económicas mediante una tasa por la existencia en sus municipios de tendidos eléctricos, telefónicos y similares. Esta tasa del 1,5% recae sobre los aprovechamientos realizados por las empresas explotadoras de servicios de suministros. Es el 1,5% los ingresos brutos obtenidos, sin impuestos, por los servicios y suministros que presta la compañía suministradora dentro del término municipal.

Por lo tanto, pedimos que L’Eliana destine esta tasa, o al menos parte de ella, a todo lo relacionado con los estudios necesarios o gastos relacionados con el soterramiento de esas líneas de alta tensión cuyo coste debería soportar la empresa eléctrica, en este caso Red Eléctrica Española.

Por todo lo expuesto, esta Alianza por la Emergencia Climática de Paterna, San Antonio de Benagéber y L’Eliana, como plan de acción sobre esta temática proponemos que el ayuntamiento apruebe en pleno los puntos siguientes:

PRIMERO. Se inicien las conversaciones y acciones derivadas desde el Ayuntamiento con la empresa REE con el fin de hacer un calendario para el soterramiento.

SEGUNDO. Paralelamente, que el Ayuntamiento formule una petición a las compañías eléctricas Iberdrola y Red Eléctrica de España (REE), propietarias de las líneas y de la subestación, de que se efectúe un análisis de las emisiones de los campos eléctricos y magnéticos producidos por las instalaciones en el momento actual, especificando que dichas mediciones se realicen con una grado de carga del 100%, y a la vista de los resultados informen sobre las medidas correctoras y preventivas adoptadas o a adoptar, en su caso.

TERCERO. Se informe si alguna ordenanza actual contempla la tasa a empresas suministradoras. Si existe, pedimos que se adapte para poder proceder a la maximización recaudatoria real de la tasa mencionada, y si no existe, ponerla en marcha a la mayor brevedad posible.

CUARTO. Formule una petición de información a Red Eléctrica Española sobre el estudio de viabilidad de traslado de la subestación que se ha elaborado por la citada empresa. E inste a REE a que considere a este ayuntamiento como parte interesada en este proceso manteniéndosele informado de las actuaciones que se vayan llevando a cabo.

QUINTO. Se ponga en conocimiento de todos los partidos políticos con representación en el consistorio con el fin de que estos se impliquen favorablemente en la consecución de estos fines.

Alianza por la Emergencia Climática de Paterna, San Antonio de Benagéber y L’Eliana.

L’Eliana, 16 de diciembre de 2020



 

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